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Análisis · Regulación

Chile ya resolvió la pregunta que el resto de LATAM sigue evitando

Chile ya resolvió la pregunta que el resto de LATAM sigue evitando

Toda la región está discutiendo la misma pregunta: ¿creamos una ley nueva para esto, o metemos los tokens en el marco regulatorio que ya existe?

Chile respondió esa pregunta hace años. Y la respuesta no fue la más ambiciosa. Fue la más práctica.

Qué hizo Chile

La Ley Fintec (Nº 21.521) no inventó una categoría legal paralela para activos tokenizados. Los integró al marco de valores que Chile ya tenía. Un token que representa una acción, un bono, un pagaré: es un valor. Punto. Sujeto a las mismas obligaciones de transparencia, custodia y supervisión que cualquier instrumento financiero regulado.

Eso es todo. No hay "régimen especial para blockchain". No hay "dispensa de compliance para tokens". No hay esperar a que los políticos se pongan de acuerdo sobre una categoría nueva.

Un token es lo que es en sustancia. La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) lo regula como tal.

Por qué eso cambia todo

Cuando un equipo de tesorería o un comité de innovación en Chile evalúa emitir o invertir en activos tokenizados, no necesita esperar a que se resuelva una discusión legislativa nueva. La pregunta legal ya tiene respuesta.

Y esa respuesta es exactamente la misma que los equipos de compliance de Chile ya aplican a cualquier instrumento financiero. No hay confusión. No hay zona gris. No hay "esperemos a que el regulador se pronuncie".

Los datos de cumplimiento ya se aplican. El reporte regulatorio ya existe. La pregunta de supervisión ya está contestada.

El contraste con el resto

Colombia todavía debate si "misma actividad, mismo riesgo, misma regulación" significa lo que dice. México mantiene cautela desde la CNBV pese a tener una Ley Fintech de 2018. Brasil avanza en volumen y pilotos concretos, pero el marco regulatorio integral: más allá de sanboxes: sigue en construcción.

Chile, en cambio, cerró la pregunta más costosa —¿bajo qué régimen legal opera esto?— años antes de que la mayoría de la región empezara a hacérsela.

Lo que eso significa para tu institución

Si estás en Chile, la conversación es simple: esto es un valor, se regula como valor, fin de conversación con el abogado. La innovación sigue.

Si estás en otro país, el modelo chileno es una prueba. La certeza jurídica en activos digitales no depende de esperar una ley perfecta y nueva. Depende de aplicar el derecho que ya existe de forma consistente.

Es el modelo más replicable que ha producido la región. Brasil está tratando de hacerlo con Drex. Colombia avanza en esa dirección. México sigue más cauto, pero la dirección es clara. Para entender exactamente dónde está cada país en 2026, lee nuestra comparativa regulatoria completa.

La lección para tu comité

Aquí está lo que un director de tesorería o un director de innovación debería llevar al directorio:

No esperes a que tu regulador local resuelva todo perfecto. Responde la pregunta de fondo ahora, dentro del marco legal que ya existe. ¿Qué problema específico resolvemos? ¿Bajo qué régimen regulatorio existente cae eso? ¿Qué dice nuestro abogado?

Eso fue lo que Chile hizo. Y es exactamente por qué están tres años adelante del resto.


El modelo chileno no es "cómo posicionar blockchain". Es "cómo no dejar que la falta de una ley nueva te frene de innovar dentro de las leyes que ya existen".

Eso es lo que vale la pena entender.

Fuentes

Antes de irse

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